"NOS INFORMARON DE QUE UNAS PERSONAS ESTABAN PLANTANDO, NADA DE TRAFICO"
Otros dos jueces se han sumado en los últimos meses a la lista de
togados que ponen en duda los análisis de Sanidad Exterior o,
simplemente, no encuentran en el mero cultivo de marihuana un hecho
punible.
Así, el titular del Juzgado de lo Penal 1 de Elche, José Luis Pascual
Martín, absolvió el pasado 4 de octubre a un acusado para el que la
Fiscalía solicitaba dos años de cárcel, después de que fuera detenido,
en septiembre de 2009, porque la Policía había descubierto cuatro
plantas de marihuana en el balcón de la vivienda de su suegra.
El peso total de la sustancia intervenida, que no se puso en duda, fue
de 652,2 gramos. A falta de indicios de otros indicios de tráfico de
drogas, el juez exculpó al sospechoso. Aunque podía entenderse que dicha
cantidad de droga solo podía estar predestinada al tráfico, el juez
Pascual cita dos sentencias muy «ilustrativas» de la Audiencia
Provincial de Cuenca.
En ella se establece que el cultivador de marihuana espera «lógicamente
una cosecha que sea suficiente para un autoconsumo dilatado en el
tiempo». De esta forma, «en el caso del cannabis sativa se trata de un
ciclo cerrado, tanto de siembra como de recolección, consiguiéndose una
sola cosecha al año».
Por esa razón, ha de ser un año el tiempo que se tome referencia para
medir el autoconsumo, argumenta el juez. En este caso, los 652 gramos, a
una dosis diaria de entre 15 y 20 gramos, daría como resultado una
provisión de droga para dos meses.
Unos meses antes, una juez de Alicante, María Teresa Belmonte, había
absuelto a dos procesados nada más finalizar el juicio, mediante una
sentencia 'in voce' (verbal). Así de claro tenía la titular del Juzgado
de lo Penal 1 de la capital que los acusados eran inocentes.
Ambos habían sido detenidos en la urbanización Haygón de San Vicente
del Raspeig, donde tenían cinco plantas aún verdes de marihuana que
arrojaron un peso bruto de 49 kilos.
La juez concluyó que el informe analítico presentado por Sanidad
Exterior carecía «de valor probatorio en cuanto a la cantidad de
cannabis apta para el consumo» porque no se habían discriminado los
machos de las hembras pese a que son éstas, en concreto sus flores, las
«únicas aprovechables».
Así lo había admitido durante la vista oral la técnico de laboratorio
de Sanidad, al ratificar íntegramente su informe. La especialista señaló
que las plantas se pusieron a secar y luego se separaron «cogollos,
hojas y tallos finos, que son los que tienen THC», pero reconoció que no
había «entrado a valorar si eran machos o hembras».
A esta falta de concreción se suma el hecho de que no había ningún otro
indicio que hiciera presumir que los acusados estaban vendiendo
marihuana. «Teníamos información de que había unas personas que estaban
cultivando marihuana, solo eso, nada de tráfico», llegó a admitir un
policía nacional.
En los quince días que duraron las vigilancias, los agentes no
observaron ningún indicio de tráfico por parte de los sospechosos.
Cabría preguntarse entonces porque el asunto llegó juicio.
Tanto en el caso de Elche como en el de Alicante la defensa la ejercía
el abogado Héctor Brotons, que dirige a su vez el departamento jurídico
de Alacannabis. Esta asociación alicantina promueve la legalización de
la planta del cáñamo y sus derivados y proporciona asistencia letrada a
sus socios.
Fuente:
laverdad.es
http://alacannabis.webnode.com/news/x/
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